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CLÁUSULA SUELO. LA JUSTICIA EUROPEA A FAVOR DEL CONSUMIDOR.

RECUPERA TODO LO PAGADO DESDE LA FIRMA DE TU HIPOTECA.

SI YA TUVO SENTENCIA EN LA QUE SE RECONOCIÓ LA NULIDAD DE SU CLÁUSULA SUELO PERO SÓLO RECUPERÓ LAS CANTIDADES ABONADAS INDEBIDAMENTE DESDE MAYO DE 2013, AHORA PUEDE RECUPERAR TODO DESDE EL INICIO DE SU HIPOTECA.

Te lo explicamos de forma sencilla: si demandaste antes de 2016 y tan sólo recuperaste lo pagado de más en tus cuotas desde mayo 2013, o si tu caso es que únicamente te reconocieron la nulidad de tu cláusula suelo pero no te devolvieron cantidad alguna quizás porque presentaste demanda colectiva, o en cualquier otro supuesto en el que no hayas recuperado todo lo pagado de más desde la firma de tu hipoteca, AHORA ES EL MOMENTO DE RECUPERAR ESAS CANTIDADES INDEBIDAMENTE ABONADAS.

Consulta on line sin compromiso, cuéntanos tu caso y te responderemos sobre las posibles opciones para que recuperes lo que es tuyo.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenció este martes que los tribunales nacionales que diriman un caso de cláusulas abusivas pueden examinar de oficio si hay una infracción y decretar la restitución íntegra de las cantidades abonadas indebidamente por esas cláusulas en una hipoteca, aunque el consumidor afectado no haya presentado un recurso.

El problema se origina cuando el Supremo establece en 2013 la abusividad de algunas cláusulas suelo pero se limita la restitución de cantidades a partir del momento de la Sentencia de ese año. Es decir, quienes reclamaron entonces solo recuperaban lo que habían pagado de más desde mayo de 2013.

Pero, el TJUE sentenció posteriormente, en diciembre de 2016 que todas las cláusulas consideradas abusivas debían declararse nulas y debía restituirse todo lo abonado indebidamente a partir de la fecha en que se declaró la nulidad y no solo a partir de mayo de 2013, como había fijado el Supremo.

Por tanto SI UNA CLÁUSULA ERA ABUSIVA, el Banco debía pagar al prestatario todo lo que le había cobrado de más DESDE EL PRINCIPIO DE LA HIPOTECA.

El TJUE permite reclamar las cantidades por cláusula suelo que no fueron solicitadas como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013. SIEMPRE QUE LA JUSTICIA CONFIRME ESE CARÁCTER ABUSIVO.

Ahora pueden demandar esa devolución total todos los afectados, NO SÓLO LOS QUE DEMANDARON TRAS LA SENTENCIA DE 2016.

Además a pesar de tener una Sentencia firme, el consumidor podrá seguir pleiteando por recuperar las cantidades no reclamadas en su momento.

El fallo europeo abre la posibilidad a un Juez que ya ha dictado sentencia a reabrir el caso pero esto no es algo automático.

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